10/01/2024
Periódico Oficial del Gobierno del Estado
Reglas de Operación
Vigencia indefinida
Dependencia
SECRETARÍA DE IMPULSO AGROPECUARIO
Ámbito de Aplicación:
Estatal
Objeto de la Regulación
Desarrollar una serie de programas que en su ejecución se complementan unos a otros, siendo el desarrollo de capacidades del productor la columna principal, por ello, el compromiso es sembrar la semilla del conocimiento y la tecnificación, impulsando proyectos integrales para el fortalecimiento del desarrollo rural y la conformación de alianzas productivas agropecuarias.
Sujetos Regulados
Materias Reguladas
Sector Regulado
Índice de la regulación
Capítulo Primero
Disposiciones Generales
Artículo 1 Creación de los Programas que estarán a cargo de la Dirección de Desarrollo Rural de la SIA
Artículo 2 Principios que rigen los Programas
Artículo 3 Definición de términos incluidos en las Reglas de Operación
Artículo 4 Responsables de la ejecución de los Programas y apoyo normativo presupuestal
Artículo 5 Los Programas son de carácter público
Artículo 6 Cobertura de los Programas
Artículo 7 Forma de realizar los trámites
Artículo 8 Plazo para subsanar faltantes de los requisitos señalados en las Reglas de Operación
Artículo 9 El presentar solicitud para participar en el programa no garantiza el derecho a recibir el subsidio
Artículo 10 La autenticidad de los documentos presentados es responsabilidad de las personas solicitantes
Artículo 11 Vigencia de los programas
Artículo 12 Los proveedores deben registrarse en el padrón de proveedores en la Dirección Administrativa
Capítulo Segundo
Programa de Capacitación Móvil y Transferencia de Tecnología Agropecuaria
Artículo 13 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 14 Orientación del Programa
Artículo 15 Requisitos del Programa
Artículo 16 Requerimientos mínimos para que se pueda otorgar el servicio
Artículo 17 Definición de los servicios disponibles del Programa
Artículo 18 Servicios, características de los servicios y aportaciones con subsidios directos del Programa
Artículo 19 Forma de realizar la aportación
Capítulo Tercero
Programa Capacitación, Extensionismo e Innovación Productiva
Artículo 20 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 21 Orientación del Programa
Artículo 22 Población objetivo
Artículo 23 Las acciones se agruparán por cadenas productivas a atender y en función de los límites presupuestales
Artículo 24 Requisitos del Programa
Artículo 25 Requerimientos mínimos para que se pueda otorgar el servicio
Capítulo Cuarto
Programa Impulso a la Agroindustria y Competitividad
Artículo 26 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 27 Población objetivo
Artículo 28 Requisitos del Programa
Artículo 29 Recepción de expedientes completos
Artículo 30 Periodo para adquisición de los conceptos de apoyo
Artículo 31 Conceptos de apoyo, características del apoyo y porcentaje de subsidio
Artículo 32 Criterios de selección para el Programa
Artículo 33 Procedimiento para la obtención del apoyo
Capítulo Quinto
Programa Proyectos Integrales de Desarrollo Rural
Artículo 34 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 35 El Programa proporciona subsidios con un enfoque de desarrollo sostenible
Artículo 36 Componentes, conceptos y montos máximos de apoyo
Artículo 37 Requisitos del Programa
Artículo 38 Mecánica Operativa del Programa
Capítulo Sexto
Programa de Impulso a Mujeres y Jóvenes Agroempresarios
Artículo 39 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 40 Conceptos de apoyo y montos de apoyo
Artículo 41 Requisitos para recepción de solicitudes del Programa
Artículo 42 Mecánica Operativa del Programa
Capítulo Séptimo
Programa de Impulso a la Seguridad Alimentaria y Economía Local
Artículo 43 Objetivo General y Objetivos Específicos del Programa
Artículo 44 Documentos solicitados para solicitud del Programa
Artículo 45 Mecánica Operativa del Programa
Artículo 46 Tipos de Módulos y Montos de Subsidio; Conceptos de apoyo y montos de apoyo
Artículo 47 Vigencia del Programa
Capítulo Octavo
Intercambios Comerciales, Tecnológicos, Formación y Capacitación
Artículo 48 Conceptos de Apoyo y montos de apoyo
Capítulo Noveno
Derechos y Obligaciones de las Personas Beneficiarias
Artículo 49 Derechos de las Personas Beneficiarias
Artículo 50 Obligaciones de las Personas Beneficiarias
Capítulo Décimo
Coordinación y Operación de los Programas
Artículo 51 La Dirección de Desarrollo Rural, será la responsable del control y operación de cada Programa
Artículo 52 Seguimiento a las acciones a partir de la recepción de las solicitudes de las personas beneficiarias
Artículo 53 Las solicitudes de apoyo de los Programas serán evaluadas por los responsables de los Programas
Artículo 54 Los trámites serán gratuitos y no se sujetan a contraprestación alguna
Artículo 55 Gastos de operación, evaluación y seguimiento serán de hasta el 10% del total de los recursos asignados
Artículo 56 Sanciones de conformidad con Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala
Artículo 57 En caso de que existieran recursos económicos remanentes
Capítulo Décimo Primero
Dictaminación, Validación y Autorización
Artículo 58 Validación o no de la procedencia del subsidio a través del dictamen técnico que emitan
Artículo 59 La persona titular de la Dirección de Desarrollo Rural de la SIA, será el encargado de emitir la autorización
Artículo 60 En caso de dictamen positivo, será la persona titular de la SIA quien emitirá la carta de autorización
Capítulo Décimo Segundo
Auditoría, Control y Seguimiento
Artículo 61 Los recursos que se otorgan podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública
Artículo 62 Resultado de las acciones de auditoría, mantendrá un seguimiento que permita informes de revisiones
Capítulo Décimo Tercero
Evaluación
Artículo 63 Evaluación interna de la ejecución de los programas
Capítulo Décimo Cuarto
Transparencia
Artículo 64 Acciones para garantizar la transparencia
Artículo 65 Información de montos y las personas beneficiarias deberán ser publicadas en términos de transparencia
Capítulo Décimo Quinto
Quejas y Denuncias
Artículo 66 Buzón de quejas y denuncias de parte de la población en general y beneficiarios
Capítulo Décimo Sexto
De la Instauración del Procedimiento Administrativo
Artículo 67 Para aquellas personas que no den el adecuado uso a los bienes recibidos
Transitorios
Primero
Segundo
Tercero
Artículos que fundamentan la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias
Artículos 33, 38 y 45
Regulación vigente transparencia
Autoridad que la emite:
Poder Ejecutivo
Autoridad que la aplica
SECRETARÍA DE IMPULSO AGROPECUARIO
No existen relaciones
Listado de trámites relacionados
Listado de servicios relacionados
No existen servicios relacionados a esta regulación
Fundamento jurídico para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias:
No existe fundamento
Lista de inspecciones relacionadas a la regulación:
No existen inspecciones relacionadas a esta regulación
Lista de inspectores relacionadas a la regulación:
No existen inspectores relacionados a esta regulación