Servicio Estatal

Registro Público Vehícular

HOMOCLAVE: NA3

Vías de atención:
Presencial Medios Electrónicos
Sujeto Obligado

SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

Unidad Administrativa Responsable

SESESP- CENTRO ESTATAL DE INFORMACION

Tipo de trámite o servicio

Servicio

Descripción Ciudadana

Registro Público Vehicular, es un programa de cobertura nacional, que identifica y certifica sin costo alguno la posesión legal de su vehículo automotriz. Además, ayuda a su recuperación en caso de robo y otorga seguridad pública y jurídica

Describa con lenguaje claro, sencillo y conciso los casos en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio

El servicio podra realizarse unicamente cuando un vehículo cuente con placas del Estado de Tlaxcala, y las porte. Ademas de contar fisicamente con el vehículo y con los siguientes documentos: * factura original * tarjeta de circulación. * credencial para votar

Tipo de trámite o servicio

OTRO

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

- Interesado

Describa los beneficios del Servicio

1. Fortalece la seguridad pública. 2. Otorga certeza jurídica sobre la propiedad del vehículo. 3. Es una herramienta de apoyo para la recuperación del vehículo en caso de robo.

Información útil para que el interesado realice el trámite o servicio

El trámite se realiza solo con documentos originales. Si tiene alguna duda comunicarse al 246 46 5 29 29 linea directa REPUVET

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico que da origen al trámite

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley del Registro Público Vehicular. Reglamento de la Ley el Registro Público Vehicular. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala. Norma Oficial Mexicana Nom-001-SSP-2008.

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

ARTÍCULO: 21°. ARTÍCULOS: 1°, 2°, 17°,18°, 19°, 20°,21° Y 22. ARTÍCULOS: 1°, 2°,3°, 15°,16°,17°18°,19° Y 20°. Para quienes hayan fabricado, ensamblado o importado vehículos a partir del 14 de marzo de 2010, la presente norma oficial mexicana adopta las disposiciones y mecanismos internacionales en materia de identificación vehicular, con el objeto de establecer un número que identifique a los vehículos que circulan en territorio nacional.


Estadísticas del Trámite

2553

N° de solicitudes realizadas
(año anterior)

0

N° de solicitudes aceptadas 2025

0

N° de solicitudes rechazadas 2025

Sector al que va dirigido el trámite o servicio

Ciudadano

¿El trámite o servicio que se aplica esta relacionado con alguna actividad económica en particular?

No

El trámite o servicio, se realiza cuando una empresa se encuentra en

Operación

Medida de la vigencia

5 Días Hábiles

Observaciones

DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL REGISTRO PÚBLICO VEHICULAR Artículo 14.- En las importaciones, la autoridad aduanera deberá proveer al Registro, en el ámbito de su competencia, la información a que se refieren los artículos 11, 12 y 13 del presente Reglamento. El Secretariado Ejecutivo convendrá con las autoridades hacendarias y aduaneras las modalidades y procedimientos de registro de los vehículos importados temporalmente, así como los criterios para el intercambio de la información. Artículo 15.- El Secretariado Ejecutivo validará la información proporcionada por los sujetos obligados al inscribir vehículos, en un plazo no mayor a un día hábil contado a partir del día en que la reciba, para lo cual corroborará: I. Que el vehículo no se haya inscrito con anterioridad en el Registro; II. Que el vehículo no aparezca en el Registro de Vehículos Robados y Recuperados del Secretariado Ejecutivo, y III. La información relacionada con el vehículo, incluyendo el Número de Identificación Vehicular. Artículo 16.- Cuando el Secretariado Ejecutivo no valide la información proporcionada por ser ésta incompleta, equívoca o incongruente, prevendrá al sujeto obligado por única vez, dentro del plazo de un día hábil contado a partir de la recepción de la información, indicándole los datos a aclarar o corregir para que en un plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir del día en que se le notifique, realice las adecuaciones respectivas. El Secretariado Ejecutivo deberá validar nuevamente la información dentro del plazo de un día hábil contado a partir de su recepción. En caso de no desahogarse la prevención en el plazo señalado en el párrafo anterior, se tendrá por no inscrito el vehículo, incurriendo el sujeto obligado en la infracción prevista en la fracción II del artículo 25 de la Ley. Se podrá otorgar una ampliación del plazo señalado en el primer párrafo de este artículo, hasta por treinta días hábiles, cuando dentro del plazo de la prevención a que se refiere el párrafo anterior, los sujetos obligados acrediten que la información requerida no puede ser proporcionada en el plazo inicialmente otorgado. El Secretariado Ejecutivo deberá resolver sobre dicha solicitud dentro de un plazo de cinco días hábiles contado a partir de la recepción de la solicitud, o en su caso, a partir del desahogo de la prevención. Cuando las solicitudes de ampliación del plazo sean presentadas extemporáneamente, el Secretariado Ejecutivo deberá resolver las mismas, sin perjuicio de imponer las sanciones a que se refiere la Ley. CABE MENCIONAR QUE EL SERVICIO NO ES OBLIGATORIO EN EL ESTADO PERO PUEDE REQUERIRSE PARA SERVICIOS DE CONDONACIÓN EN ALGUNAS CAMPAÑAS (CONDONACIÓN DE MULTAS POR VERIFICACIÓN EXTEMPORANEA)

¿La resolución es requisito de otro trámite o servicio?

No

Tipo de Ficta

No Aplica

Fundamento Jurídico Ficta

Nombre del Fundamento Jurídico

Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Articulo 255

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos.

Total de requisitos: 10

Descripción:

PARA VEHÍCULO NACIONAL DEBE PRESENTAR: LLEVAR TU AUTO

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

No documental

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO NACIONAL DEBE PRESENTAR: FACTURA ORIGINAL

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO NACIONAL DEBE PRESENTAR: TARJETA DE CIRCULACIÓN

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO NACIONAL DEBE PRESENTAR: CREDENCIAL PARA VOTAR

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULOS EXTRANJEROS DEBE PRESENTAR: LLEVAR TU AUTO

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

No documental

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO EXTRANJERO DEBE PRESENTAR: TÍTULO Y PEDIMIENTO ORIGINAL

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

No documental

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO EXTRANJERO DEBE PRESENTAR: FACTURA ORIGINAL

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO EXTRANEJRO DEBE PRESENTAR: TARJETA DE CIRCULACIÓN

Presenta alguno de los siguientes documentos:



Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO EXTRANJERO DEBE PRESENTAR: CREDENCIAL PARA VOTAR

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

PARA VEHÍCULO EXTRANJERO DEBE PRESENTAR: TARJETA DE CIRCULACIÓN

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

¿Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite o servicio?

No

Consideraciones adicionales

Si no cumple con la validación físico-documental, no se podra realizar el servicio (registro de vehículo)

Señale la metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio

Presentar el vehículo y la documentación solicitada, para realizar el proceso de validación en el que de ser favorable culmina con la inscripción del vehículo y colocación del chip.

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los criterios de resolución

Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

ARTÍCULO: 255

Canales de atención

Presencial

Medios Electrónicos

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los medios de Presentación

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley del Registro Público Vehicular. Reglamento de la Ley el Registro Público Vehicular. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala. Norma Oficial Mexicana Nom-001-SSP-2008.

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

ARTÍCULO: 21°.

¿Es posible que se pueda agendar una cita de manera presencial?

¿Es posible agendar la cita en línea?

No

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

    Trámite de Chip REPUVET

    Para la inscripción de Vehículos en el Registro Público Vehicular, actualización de holograma, debe considerar los siguientes pasos:

    1.- Generar cita para atención en los siguientes números:

    1)   246 46 5 2929

    2)   246 46 52939 ext. 10249

    2.- Preparar documentación del vehículo:

    1)   Factura original del vehículo (en el caso de tener refactura presentar agregar la  copia de la factura origen, si el vehículo se sigue pagando presentar carta factura la copia de facura sin valor).

    2)   INE original

    3)   Tarjeta de circulación original

    3.- Llevar vehículo y documentación original al módulo REPUVET donde se le generó la cita, en las siguientes direcciones:

    Apizaco -Prolongación Calle 16 de Septiembre, aun costado de la Plaza de Toros Rodolfo Rodríguez “El Pana”, Apizaco, Tlax. Horario: Lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hrs.

    Tlaxcala -Calle Lago del Niño No.1, Colonia Adolfo López Mateos, en el estacionamiento del Centro de Convenciones.   

    4.- Mencionar número de cita y entregar documentación original al personal de REPUVET para su revisión.

    5.- Esperar la indicación del personal del módulo para ingresar el vehículo a la carpa  para su revisión física.

    6.- Firmar autorización para revisión y dirigirse al área de espera destinada para usuarios, atentos de las indicaciones de los verificadores de REPUVET.

    7.- Esperar aproximadamente 45 minutos mientras realizan la verificación física y documental del vehículo.

    8.- Cuando la verificación física del vehículo y los documentos cumplen con los criterios, se procede a la colocación del holograma del REPUVET en el parabrisas.

    9.- Se regresa documentación original al propietario y se le solicita que retire su vehículo del área de revisión, culminando así el trámite. 


¿Existe una aplicación para presentar el trámite o servicio?

No

Pasos que se tiene que seguir en la aplicación electrónica

¿Es posible realizar el trámite o servicio completamente en línea sin acudir a oficinas gubernamentales?

No

¿Es posible cargar o subir documentos en línea?

No

¿Se puede dar seguimiento? es decir, mostrar a los interesados el estatus en que se encuentra el trámite o servicio, ya sea que se encuentre en proceso de resolución, revisión, rechazado o resuelto

No

¿Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos?

No

¿La resolución o respuesta oficial es por Internet?

No

¿Utiliza firma electrónica avanzada?

No

¿Es posible realizar notificaciones en línea por información faltante?

No

¿Es posible realizar notificaciones sobre vencimiento de plazos de respuesta?

No

¿El trámite o servicio es de resolución inmediata?

No

¿Es posible realizar notificaciones sobre plazos de prevención?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía telefónica?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía mensajes de texto?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio en Kioscos u otras sedes alternativas?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio por otra vía?

No

Personas relacionadas con el trámite o servicio

Jose Luis Ramírez Alvarez

Contacto oficial

registros.nacionales@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29

Faviola Martínez Huerta

Contacto oficial

registros.nacionales@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29

Ruben Alejandro Di Grazia Rao

Contacto oficial

direccion.cei@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29 30 Ext. 10317

Antonio Hernández Flores

Contacto oficial

coordinacion.repuve@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29 30 Ext. 10249

Rosaura Morales Cerón

Contacto oficial

coordinacion.repuve@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29 30 Ext. 10249

Rafael Orozco Martínez

Contacto oficial

coordinacion.repuve@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29 30 Ext. 10249

Gamaly Cortes Castillo

Contacto oficial

coordinacion.repuve@cesesptlax.gob.mx

246 46 5 29 30 Ext. 10249

Oficinas de atención

Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública SESESP
Áreas Responsables:
SESESP - DIRECCIÓN DEL CENTRO ESTATAL DE INFORMACIÓN , SESESP- DIRECCION DE PLANEACION , SESESP- CENTRO ESTATAL DE INFORMACION
Descripción del modulo:

Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública SESESP

Domicilio

Carretera Federal Tlaxcala-Texoloc No. Exterior nd, No. Interior Col. Santa María Acuitlapilco, Tlaxcala, Tlaxcala, C.P. 90110

Atención telefónica:

2464652930 , Ext. 10242.

Correo electrónico:

ari@cesesptlax.gob.mx

Horario de Atención:

Lunes a Viernes de 09:00 a.m. a 15:00 p.m.

Notas

Entre el hospital de La Loma y SAGARPA, Colonia Unitlax

Gratuito

Plazo Máximo

5 Días Hábiles

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Resolución

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley del Registro Público Vehicular. Reglamento de la Ley el Registro Público Vehicular. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala. Norma Oficial Mexicana Nom-001-SSP-2008.

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

.

Plazo Máximo

5 Días Hábiles

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Prevención

Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Articulo 255

Plazo Máximo

5 Días Hábiles

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Prevención Interesado

Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Articulo 255

¿Este trámite o servicio requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

Señale el Objetivo de la Misma

Validar la informacion contenida en los documentos del vehiculo

Orden de gobierno que la emite

Federal

Nombre de la inspección

Fisica y documental

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de la Inspección

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley del Registro Público Vehicular. Reglamento de la Ley el Registro Público Vehicular. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala. Norma Oficial Mexicana Nom-001-SSP-2008.

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

ARTÍCULO: 21°. ARTÍCULOS: 1°, 2°, 17°,18°, 19°, 20°,21° Y 22. ARTÍCULOS: 1°, 2°,3°, 15°,16°,17°18°,19° Y 20°. Para quienes hayan fabricado, ensamblado o importado vehículos a partir del 14 de marzo de 2010, la presente norma oficial mexicana adopta las disposiciones y mecanismos internacionales en materia de identificación vehicular, con el objeto de establecer un número que identifique a los vehículos que circulan en territorio nacional. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf

¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?

Fines de Acreditación

No

Fines de Verificación

Descripción de Fines de Verificación

cotejar la documentación presentada con las bases de datos

Fines de Inspección

Descripción Fines de Inspección

Validar la informacion documental con los marcajes del vehiculo

Fines de Otros

No

Fundamento Jurídico


Nombre del Fundamento Jurídico de la Conservación de Información

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley del Registro Público Vehicular. Reglamento de la Ley el Registro Público Vehicular. Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala. Norma Oficial Mexicana Nom-001-SSP-2008.

Artículo/Fracción/Inciso/Párrafo/Número/Letra/Otro

ARTÍCULO: 21°. ARTÍCULOS: 1°, 2°, 17°,18°, 19°, 20°,21° Y 22. ARTÍCULOS: 1°, 2°,3°, 15°,16°,17°18°,19° Y 20°. Para quienes hayan fabricado, ensamblado o importado vehículos a partir del 14 de marzo de 2010, la presente norma oficial mexicana adopta las disposiciones y mecanismos internacionales en materia de identificación vehicular, con el objeto de establecer un número que identifique a los vehículos que circulan en territorio nacional. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf


COMPARTIR FICHA